miércoles, 26 de mayo de 2010

UNIDAD 2 EL ORDENAMIENTO JURIDICO

DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO:Es el conjunto total de normas jurídicas vigentes en una comunidad política determinada.
Es de gran importancia para la ciencia del derecho la problemática relacionada con los principios referentes a la ordenación de un conjunto de normas.
Consecuentemente, el problema central del concepto del orden jurídico consiste en especificar el criterio conforme al cual un conjunto de normas forman una unidad, lo que se consigue a través del concepto de orden.
Puede afirmarse que existe un orden normativo si en un conjunto de normas valen múltiples relaciones de fundamentación hasta desembocar en una última relación de fundamentación, uno de cuyos términos es la norma fundamental. Dice Kelsen: “una pluralidad de normas forma una unidad, un sistema, un orden, cuando su validez puede ser atribuida a una norma única como fundamento ultimo de esa validez. En cuanto fuente común, esta norma fundamental constituye la unidad en la pluralidad de todas las normas que integran un orden. Y el que una norma pertenezca a un orden determinado deriva solo del hecho de que su validez pueda ser referida a la norma fundamental que constituye a ese orden”.

EL ESTADO: PRIMER SUJETO DEL ORDENAMIENTO JURIDICO:Es la organización pública dotada del poder de coacción sobre los individuos y los grupos sociales.
Máxima forma de organización jurídica de los individuos que integran un conglomerado social o una colectividad, en donde cada integrante cede una parte de su libertad, para conformar un organismo denominado Estado, el cual se subdivide en poderes ejecutivo, legislativo y judicial a fin de garantizar un orden social.
Sociedad jurídicamente organizada para hacer posible en convivencia pacífica, la realización de la totalidad de los fines humanos a través de una estructura de gobierno en un territorio denominado.

FORMAS DE ESTADO, GOBIERNO Y ORDENAMIENTO JURIDICO:La forma de gobierno, es la forma de uno de los elementos del Estado, la manera de organizar y distribuir las estructuras y competencias de los órganos que componen el gobierno. Es el problema de quien ejerce el poder, o de quienes son los repartidores del régimen político. En cambio, la forma de Estado ya no es la de uno de sus elementos, sino de la institución misma, del propio Estado. Si el Estado es, en el orden de la realidad, un régimen dentro del cual se realiza un reparto, la forma de Estado es la manera de realizar ese mismo reparto; atañe pues, al problema de cómo se ejerce el poder.
Mientras las formas de Estado se refieren a la manera de ser fundamental de la totalidad del cuerpo social jurídicamente organizado, las formas de gobierno tiene relación con la modalidad adoptada por los órganos directivos que formulan, expresan y realizan la voluntad del Estado.

VALORES SOCIALES, VALORES JURIDICOS Y ORDENAMIENTO JURIDICO:Los valores sociales son el componente principal para mantener buenas y armoniosas relaciones sociales. Como valores sociales podemos mencionar la paz, respeto, igualdad, fraternidad, solidaridad, dignidad, cooperación, honestidad, honradez, libertad, responsabilidad, amor, sinceridad.
Valores jurídicos: La Ética se considera como una ciencia práctica y normativa que estudia el comportamiento de los hombres, que conviven socialmente bajo una serie de normas que le permiten ordenar sus actuaciones y que el mismo grupo social ha establecido.
El término Moral, etimológicamente, proviene de la palabra latina "mores", que significa costumbres. Antes de ir en busca de una definición de la Ética o la Moral, detengámonos sobre el objeto material y formal de la moral.
Se considera "Valor" a aquellas cualidades o características de los objetos, de las acciones o de las instituciones atribuidas y preferidas, seleccionadas o elegidas de manera libre, consciente, que sirven al individuo para orientar sus comportamientos y acciones en la satisfacción de determinadas necesidades.

CLASE DOMINANTE, IDEOLOGIA Y ORDENAMIENTO JURIDICO CONCRETO:En terminología del materialismo histórico (marxismo), clase dirigente (muy habitualmente utilizado en plural: clases dirigentes) se refiere al segmento o clase social (o agrupación de clases) dentro de la formación económico social que acumula la mayor parte del poder económico, y sólo en segundo lugar el político. En el modo de producción capitalista, la clase dirigente son los capitalistas, denominados también burguesía, y se definen por poseer y controlar los medios de producción a través de los cuales dominan y explotan a la clase trabajadora, de la que extraen la plusvalía, la base de su beneficio y renta. La renta de la propiedad (de la tierra o del capital) puede ser usada para la acumulación del capital, y acumular más poder, para extender aún más su dominación de clase.
El poder económico de una clase le proporciona un extraordinario poder político, tanto que el estado o las políticas del gobierno siempre reflejan los intereses percibidos de esa clase. Esa relación se formula como la determinación de la superestructura político-ideológica por la estructura económica y social, y ha sido objeto de matizaciones críticas dentro del mundo intelectual marxista, en un sentido menos determinista.

COHERENCIA Y PLENITUD DEL ORDENAMIENTO JURIDICO:Cuando se habla de la plenitud del orden jurídico quiere expresarse que no hay situación alguna que no pueda ser resuelta jurídicamente, esto es, de acuerdo con principios de derecho. Se ha sostenido que en todos aquellos casos en que no existe un precepto legal que prevea la situación concreta, puede esta ser resuelta de acuerdo con la regla de que todo aquello que no está ordenado, está permitido.

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